
La Presidencia publicó el decreto que regula las compras internacionales y que aumenta a 800 dólares la franquicia anual, desde el 1 de mayo.
“Para el caso de las franquicias, el Decreto continuará aplicándose en las condiciones actualmente vigentes hasta el 30 de abril. Durante este año convivirán las dos normativas vigentes. Sin embargo, para el cálculo de los topes anuales de monto y cantidad de envíos, se considerarán todos los envíos realizados durante el año civil. Esto significa que, si ya el usuario utilizó sus tres envíos anuales no se podrá amparar al régimen de franquicias durante este año”, aclara la Dirección Nacional de Aduanas al respecto.
Aumenta el monto anual máximo permitido a 800 dólares, pero se mantienen los tres envíos por año por persona.
“Los envíos realizados al amparo de este régimen estarán gravados por el Impuesto al Valor Agregado, con excepción de los envíos que procedan de países con los que Uruguay tenga acuerdos comerciales vigentes, que actualmente se limitan a Estados Unidos”.