
Las personas con síndrome de Down, trastorno del espectro autista (TEA), ceguera y otras discapacidades podrán acceder de forma gratuita al transporte público suburbano e interdepartamental, luego de un fallo judicial que ordenó al Estado implementar un beneficio establecido por ley desde 2010 y que hasta el momento no se aplicaba.
La sentencia dispone que las empresas de transporte deberán trasladar sin costo a los beneficiarios, garantizando además un asiento o espacio reservado durante el viaje. Para hacer uso del beneficio será necesario contar con un carné que certifique la condición de discapacidad.
La resolución judicial tuvo origen en un recurso de amparo presentado por alrededor de 40 personas con discapacidad, quienes denunciaron que las trabas para obtener la certificación impedían ejercer un derecho ya reconocido por la legislación vigente.
Asimismo, el fallo establece mecanismos de control para el uso del carné y toma como antecedente una resolución favorable dictada anteriormente en favor de un joven con trastorno del espectro autista.