
Las personas que circulen en monopatines eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en el departamento de San José deberán cumplir, a partir del 1 de enero de 2027, con nuevas condiciones de circulación establecidas por la Intendencia.
La normativa fija una edad mínima de 14 años para conducir estos vehículos, establece como obligatorio el uso de casco protector y elementos reflectantes y fija una velocidad máxima de circulación de 25 kilómetros por hora.
Los VMP deberán contar además con iluminación delantera y trasera, frenos en ambas ruedas o un sistema equivalente, base de apoyo para los pies y dispositivo sonoro.
La circulación estará permitida por calles, avenidas, ciclovías y bicisendas, mientras que quedará prohibida en veredas, espacios peatonales y rutas nacionales dentro del departamento. Tampoco estará permitido transportar a más de una persona por vehículo.
Los conductores deberán contar con un seguro de responsabilidad civil contra terceros. Además, se creará un Registro Departamental de Vehículos de Movilidad Personal, que será obligatorio y gratuito. Estos vehículos estarán exentos del pago de patente y de los tributos o tasas vinculados a su registro e identificación.
La Intendencia de San José también promulgó una normativa específica para triciclos y cuatriciclos destinados a personas con impedimentos físicos o limitaciones motrices debidamente acreditadas.
Para estos vehículos se habilitarán permisos especiales de circulación departamental, que serán personales e intransferibles y estarán vinculados tanto al conductor como al vehículo. El trámite incluirá, entre otros requisitos, una inspección técnica, prueba práctica de conducción, acreditación médica y seguro obligatorio vigente.
Ambos decretos fueron promulgados por la Intendencia de San José y comenzarán a regir el 1 de enero de 2027.